La calificación energética de edificios no es como la de los frigoríficos

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Son muchas las anécdotas, preguntas y dudas que se nos han presentado desde la aprobación del real decreto 235/2013 y del procedimiento de certificación energética de edificios existentes.

Una de las principales y más recurrentes es el cliente que pide “una buena calificación”, o el que, contrariado, se queja de que su inmueble tenga una calificación, según su propio criterio, “baja”. Acostumbrados a ver en las tiendas de electrodomésticos etiquetas de alta eficiencia, no deja de ser normal, por otra parte, que los consumidores, propietarios o inquilinos pregunten sobre el porqué de la calificación de los inmuebles.

En este artículo, vamos a intentar aportar un poco de luz a todo este asunto.

La calificación energética de edificios no es como la de los frigoríficos, ni como la de los neumáticos, ni como la de las bombillas. Los parámetros que rigen unas y otras son diferentes, del mismo modo que lo es el cálculo de unas cosas y otras. Como ejemplo sirva, que las letras E, F y G en los frigoríficos no existen, y sí  las A+++, A++ y A+. Además de que en estos no se bareman las emisiones de CO2, sino el consumo de energía KW/año.

En la calificación energética de inmuebles o edificios, se calcula el consumo de energía que se considera necesario para satisfacer la demanda energética , así como sus emisiones de CO2, en condiciones normales de uso.

En este manual del IDAE podemos estudiar de donde parte del procedimiento de cálculo que da como resultado final la calificación de nuestros inmuebles. El punto de partida es el denominado escenario de comparación (apartado 4 del Anexo II del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero) aplicando estas fórmulas:

Pero el proceso no termina aquí, como podéis comprobar en el manual de cálculo. El siguiente paso sería obtener los indicadores de eficiencia energética a partir de la aplicación de las fórmulas de desnormalización I0/Ir y I0/Is, que dependen tanto de los valores C1 y C2 como de los ratios R y R’ (se refieren al ratio entre el valor  respectivamente, de Ir que cumplen estrictamente con los apartados HE1, HE2 HE3 y HE4 de la sección HE del Código Técnico de la Edificación e Is para el parque existente de edificios de viviendas en el año 2006 y el valor de emisiones de CO2 de los servicios de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, correspondiente al percentil del 10%).

En cada zona climática las escalas son diferentes, y también lo es igualmente para cada tipo de inmueble (piso, vivienda unifamiliar, edificio completo, inmueble terciario…)

calculo indicadores co2

Existen programas que ayudan a realizar este cálculo de la calificación. En este enlace podéis ver los fundamentos de cálculo y los procedimientos que se aplican en uno de esos programas de calificación.

Como en todo, no es suficiente con saber utilizar el programa de cálculo, sino que hay que estar en posesión de un cierto conocimiento profundo del parque edilicio, de sus tipologías, su metodología constructiva a nivel de detalle, etc…

Por otro lado, el estudio de la calificación energética de un inmueble es comparable, salvando las distancias, con una peritación o una tasación. No olvidemos que es un estudio que debe ser objetivo, buscando la aproximación máxima a la realidad y que conlleva aparejada una responsabilidad por parte del técnico que firma el informe. No se pueden realizar certificaciones ni calificaciones “a la carta”, ya que, además de hacer patente una absoluta falta de profesionalidad, puede acarrear sanciones, tanto para el técnico como para el propietario del inmueble. Y detectar irregularidades en los certificados energéticos es relativamente sencillo, como ya se ha podido comprobar en las diferentes inspecciones realizadas por algunas CC.AA.

En cuanto a la “letra” que califica cada inmueble:

El MINETUR (Ministerio de Industria, Energía y Turismo)  publicó en junio un informe sobre el estado de la certificación de la eficiencia energética en España. Contiene información sobre las calificaciones obtenidas en los certificados registrados para los edificios y viviendas de nueva construcción y existentes en las diferentes Comunidades Autónomas. Enlace directo al informe.

En el caso de Galicia, en el momento en que se redactó este informe, había un problema de gestión en la tramitación del registro de los certificados energéticos. Es por ello que en las tablas aparece un número tan bajo. Actualmente, el INEGA tramita con mayor rapidez la integración en el registro, para posteriormente realizar inspecciones de los certificados registrados.

En este informe podemos ver los siguientes gráficos:

cuadro certi energetico existente nuevo

Como podemos apreciar, en edificios existentes (ejecutados con anterioridad al CTE de 2007), la mayoría patente de calificaciones se encuentra en el intervalo E-F-G, siendo las calificaciones E (45%) y la calificación G (28%) las más comunes.

Esto es lógico, ya que las exigencias constructivas y de aislamiento anteriores al Código Técnico de la Edificación (CTE) o eran nulas, o mucho menores en comparación. Esto, unido a que las instalaciones muchas veces son poco eficientes u obsoletas, da lugar a calificaciones bajas. Caso aparte son las instalaciones térmicas eléctricas, que debido al coeficiente de paso y a su funcionamiento mediante efecto Joule (resistencias) suponen una merma notable en las calificaciones energéticas.

En las viviendas “nuevas” (construidas aplicando el CTE entre 2007 y 2013) vemos que son las las calificaciones E (37%) y la calificación D (35%) las más comunes, alcanzando la calificación C un 12%. Este año, 2014, se ha modificado parcialmente el código técnico, de modo que las exigencias de aislamiento son mucho mayores, con el fin de reducir el consumo energético en las viviendas y aumentar así su calificación.

El gráfico de viviendas “nuevas” es muy útil para poder apreciar y comparar la dificultad que supone alcanzar calificaciones más altas para viviendas existentes construidas anteriormente.

Falsear una calificación energética es una irresponsabilidad que tiene implicaciones negativas, tanto para el técnico que la perpetra, como para el propietario que la encarga.

Viviendas con calificaciones A, B o C hay muy pocas y tienen características muy especiales, particulares y muy fáciles de identificar. Además, los organismos autonómicos ya comentaron en su momento que los inmuebles calificados con las escalas más altas serán inspeccionados en su totalidad, para evitar así posibles estafas o engaños, lo que supone una fuerte sanción, como ya ha sucedido (enlace a noticia).

La obligatoriedad de la calificación energética de edificios debe y va a suponer un nuevo criterio de selección y una  ventaja más para el comprador o arrendatario/inquilino, que empezará a valorar eficiencia y gasto energético a la hora de comparar entre distintas opciones disponibles en el mercado, así como los costes que tendría que acometer para reducir el consumo, y por tanto conseguir una vivienda más eficiente.

Si quiere obtener una calificación energética de su inmueble con garantía, calidad y profesionalidad, puede contactar con nosotros pulsando AQUÍ.

 

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