Para qué sirve saber la calificación energética

Certificado Energético ¿para qué sirve saber la calificación energética de la casa en la que vivo o que voy a vender/alquilar?

Es una pregunta que muchos propietarios me hacen, ya sea por teléfono, cuando nos solicitan presupuesto, como en el momento en que visito sus viviendas para la toma de datos. De hecho, a pesar de que es obligatorio desde junio de 2013, hay mucha gente que ni siquiera saber que existe, y menos que sea obligatorio para vender o alquilar.

Cualquier propietario que quiera alquilar o vender una vivienda debe contar con el certificado de eficiencia energética en cumplimiento del real decreto 235/2013, de 5 de abril.

El ciudadano ha percibido la etiqueta como un nuevo impuesto, o como un mero trámite más, por lo que no se ha concienciado de las ventajas del ahorro energético: Ahorro económico, confort y salud.

En Alemania, la etiqueta energética de viviendas,  ya lleva activa más de 10 años.

Es difícil saber la repercusión a medio y largo plazo de la Certificación Energética de una vivienda, dado que va a depender de muchos factores, y hay diferencias en el valor que puede darle el vendedor y el que pueden darle los compradores, o incluso el mercado.

Ahora mismo, las agencias inmobiliarias están pasando por encima de la exigencia de mostrar en los anuncios la calificación, o imprimiendo directamente las fichas con la frase comodín “En trámite”. Todo sea que el control autonómico, que ya se está haciendo, pueda ser lo suficientemente efectivo como para sancionar a las agencias que no cumplan con la ley establecida.

Muchos propietarios desconocen su existencia ya que en las propias agencias de gestión de inmuebles no se les informa para no introducir un trámite que pueda dificultar el alquiler del piso en cuestión. El problema es que anunciar o alquilar el piso sin CEE conlleva sanciones.

La buena agencia inmobiliaria es aquella que te informa de todos los trámites necesarios para vender o alquilar tu inmueble dentro del marco legal  vigente, facilitándote toda la información necesaria.

Así que no es raro encontrarse con propietarios que sólo realizan la certificación cuando así se la exige el notario para efectuar la firma de la venta de su inmueble.

Al final, estamos en España, y aquí a la gente todo le da lo mismo o se aplica la picaresca patria… hasta que le van a uno al bolsillo. En el parque de alquiler, además, se sigue moviendo mucho dinero negro y siempre hay alguien que no lo declara o que no lo inscribe en el IGVS. Ya ha habido sanciones, pero probablemente habrá más.

Una vivienda con una buena Calificación Energética, es sinónimo de altas prestaciones energéticas, de mayor ahorro, no sólo energético, sino económico, y fundamentalmente de mayor confort en la habitabilidad de la vivienda. Es decir, las sensaciones de frío y calor serán menores a medida que aumentamos la letra en la escala de la Etiqueta Energética. Al menos, sobre el papel.

Luego hay muchos factores arquitectónicos y ambientales que intervienen en la ecuación. Por eso se recomienda también acudir a técnicos que sepan de qué va esto de hacer viviendas, cómo se hacen y porqué. Arquitectos y arquitectos técnicos, son los encargados de estas labores. Los que hacen carreteras, naves, minas o barcos, se dedican a otros menesteres diferentes. ¿Acudirías a un dentista para que te escayolara una pierna? Obviamente no. Irías a un traumatólogo. Pues esto es lo mismo.

Siempre tendrá más valor y fundamento un estudio energético sobre una vivienda realizado por un arquitecto, ya que es el único con competencias  en diseño, dirección de obra y proyectos de edificación residencial. Es algo que el mercado ya está notando y demandando. No se valora del mismo modo la firma de un arquitecto que la de un ingeniero de una disciplina rara que no tiene nada que ver con la construcción y diseño de viviendas.

De hecho, el marco normativo en edificación está cada vez más enfocado al ahorro energético. Ya no sólo en obra nueva, donde el código técnico obliga a cumplir una serie de mínimos de aislamiento y eficiencia, sino también en rehabilitación, donde se obliga a la mejora de la calificación energética para poder optar a ayudas o subvenciones. Y, si la reforma afecta a más del 25% de la envolvente del inmueble, este está obligado a cumplir la limitación de demanda energética del CTE DB-HE, es decir, que debe aumentar su aislamiento hasta cumplir unos mínimos establecidos.

En resumen,

¿Qué factores positivos tiene la certificación energética?

Para los propietarios:

  1. Información. La calificación energética otorga información al propietario sobre su bien inmueble. La información le permitirá tomar medidas para mejorar el comportamiento energético del edificio o vivienda de la que es propietario. Además, junto al certificado se aporta un estudio de las mejoras energéticas más adecuadas para su inmueble, pero no existe la obligación de llevar a cabo las medidas de mejora propuestas.
  2. Factor de competitividad. La mejor clasificación otorga a la vivienda un factor de competitividad extra. Al igual que ocurre con otros bienes como los electrodomésticos, una vivienda más eficiente será más competitiva en el mercado. ¿Quién no prefiere vivir en un lugar que le aporta más confort?
  3. Aumento del valor. Las viviendas en las que se lleven a cabo medidas de mejora de la eficiencia energética obtendrán una calificación energética más alta, que aumentará el potencial valor patrimonial y valor de mercado.
  4. Contacto con un técnico cualificado: El propietario, aprovechando la realización del informe de certificación, entra en contacto con un arquitecto que puede asesorarle no sólo en cuestiones energéticas, sino también en temas de diseño y constructivos, que son de gran valor si el propietario quiere acometer una reforma.

Para los inquilinos o compradores de la vivienda:

  1. Información al consumidor: Para el usuario del edificio la información es muy relevante, dado que asume el pago de las facturas energéticas. Además, es un derecho otorgado al consumidor por la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007). Si una persona que alquila o vende no dispone del CEE, el contrato suscrito puede anularse.
  2. Capacidad de elección: El futuro comprador o arrendatario conocerá la “eficiencia energética” de la vivienda antes de decidir. Al precio de venta o a la renta mensual del inmueble se incorporarán la “hipoteca energética” como un factor más a tener en cuenta.
  3.  Mejora en la economía del hogar: Habitar en una vivienda energéticamente más eficiente supone un ahorro económico. Si podemos evitar que el calor se escape por las paredes, ahorraremos muchísimo dinero que podremos dedicar a otros usos.
  4. Mejora en confort y calidad de vida: No todo es económico. Por ejemplo, una vivienda mal aislada, no proporciona confort al usuario y es vulnerable frente a la aparición de condensaciones y humedades, muy nocivas para la salud. Por ejemplo, un cambio de ventanas tarda muchos años en amortizarse, pero el bienestar adquirido y el confort son inmediatos tanto térmica como acústicamente.

Es importante reseñar que actualmente para poder acceder a las subvenciones de reformas de viviendas en las que se acometan mejoras en la envolvente térmica es necesario que el edificio tenga el IEE (Informe de Evaluación del Edificio), documento en el que se acredita el estado de conservación del edificio, sus condiciones de accesibilidad y su eficiencia energética. Sustituye a la antigua ITE.

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