La calidad de los certificados energéticos: Cómo distinguir los certificados de mala calidad
Este mes se ha cumplido un año desde que entró en vigor el real decreto 235/2013 por el que, desde el 1 de Junio de 2013 es obligatorio que todos los edificios, viviendas o locales que se vendan, alquilen o traspasen, cuenten con un certificado de eficiencia energética; y también es obligatorio incluirlo en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del inmueble.
Una certificación energética, por más que para muchos no se haya convertido en otra cosa que un mero trámite, no deja de ser un documento oficial, a futuro importante en el mercado inmobiliario, en el ahorro y en el acceso a subvenciones y cuya redacción supone cierta complejidad técnica. Si se hace bien, claro está.
Os vamos a dar una serie de claves para que podáis distinguir entre una certificación energética bien hecha y de calidad y una que es todo lo contrario:
1- Lo primero y fundamental: es obligatorio que el técnico visite el inmueble y que haga una toma de datos exhaustiva y completa. Si se realiza la certificación sin visitar el inmueble se comete una falta sancionable. Depende un poco del tamaño de la vivienda pero, por ejemplo, en un piso de unos 100 m2, si el técnico tarda menos de 45 minutos o 1 hora en la toma de datos…mal asunto.
2- En el propio real decreto se enumera el contenido mínimo del certificado energético, contenido que todos los informes deben poseer para resultar válidos. Recordemos que un informe incompleto, falseado, o mal hecho puede acarrear sanciones.
El contenido mínimo obligatorio no se ciñe exclusivamente a la etiqueta y las 7 u 8 hojas del programa de cálculo. Es mucho más, tal y como se explica en el artículo 6 del real decreto 235/2013.
Si vuestro certificado energético no cuenta con la información y documentación anexa descrita en el real decreto, os están engañando y os están vendiendo un certificado energético incompleto. Un informe con sólo esas 7 hojas y la etiqueta energética, es papel mojado.
Hemos podido ver páginas web que aparecen en los enlaces patrocinados de los buscadores intentando captar a “incautos” ofreciendo llamativas certificaciones a muy bajo precio, en las que explican la documentación que entregan y, no es muy difícil darse cuenta, de que lo que ofrecen no cumple con la documentación mínima exigida, además de que aparentemente, se puede extraer que realizan un trabajo de poca calidad y que sus conocimientos en el tema son bastante exiguos. Ojo con estas cosas. A veces un precio muy barato no esconde otra cosa que una muy mala calidad en el trabajo realizado. Nadie da duros a cuatro pesetas.
3- La mala calidad de un certificado se hace patente si se abusa de los valores “por defecto” . A veces no queda más remedio que usarlos, pero si gran parte de los valores que aparecen reflejados en el informe están asignados por defecto, implica que el que lo ha redactado no sabe, o no tiene interés en saber, la composición de ese elemento. Esto provoca que la letra de calificación pueda bajar uno e incluso dos escalones de la calificación real.
4- Otro elemento esencial, al menos para nosotros y algo que siempre hacemos, es adjuntar un plano al certificado energético. Sin levantar un plano de la envolvente térmica, es muy difícil, por no decir imposible, certificar un inmueble. Si en vuestros certificados energéticos no han adjuntado un plano, puede haber algo que no estén haciendo bien. El plano da muestra inequívoca de que el informe y los cálculos se refieren al inmueble en cuestión, y no a otro.
5- La superficie de cálculo nunca es igual a la superficie catastral, ni a la superficie construida ni a la superficie útil que puedan aparecer en planos o escrituras. La superficie útil que aparece en las certificaciones energéticas hace referencia a la superficie útil habitable del inmueble. Y esa, hay que calcularla a partir del levantamiento planimétrico del inmueble.
6- El técnico debe estar habilitado para realizar el certificado. Es decir, debe contar con la titulación adecuada, debe poder acreditarla y debe estar colegiado y dado de alta como autónomo para poder ejercer el ejercicio libre de la profesión. Además debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales y debe entregar al cliente la factura correspondiente.
En el tema de titulaciones habilitadas para la realización de certificaciones energéticas, podemos plantear un serio e importante debate.
Desde el inicio de la aprobación del real decreto, muchos sectores poco o nada relacionados con la construcción y la eficiencia energética de viviendas, han buscado en la certificación energética un “nicho” de trabajo. Y digo bien, “nicho”, porque este es uno de los hechos que ha contribuido a llevar al procedimiento de certificación energética al borde del coma. Muchos técnicos, con pocos o sin conocimientos mínimos sobre la materia, se han agarrado a la certificación energética como a un tronco en el océano.
Saber y sobre todo, conocer; cómo, cuándo y porqué se ha construido una vivienda de una u otra manera y porqué y cómo se han diseñado sus instalaciones y estructura, requiere una formación específica en ese ámbito. Y los únicos especialistas, con formación específica en edificación y construcción de viviendas son arquitectos y arquitectos técnicos.
Desafortunadamente, la parte del real decreto en la que se enumeran las titulaciones habilitadas para la realización de certificaciones energéticas de edificios, la redactaron, si no con los pies, con cualquier otra parte del cuerpo diferente de la cabeza y a lo que esta contiene.
Desde el más profundo respeto, habilitar a ingenieros de minas, navales y oceánicos, agrónomos, forestales, de telecomunicaciones, de caminos, aeronáuticos…expertos y formados en conocer el subsuelo, en conocer el mar, en conocer campos, cultivos y bosques; en conocer las ondas herzianas, en hacer puentes y carreteras, o incluso aviones… ¿qué conocimientos poseen y qué formación han tenido en edificación y construcción de viviendas y en su eficiencia energética?… Ninguna, lógicamente. Pero así de rocambolescas están las cosas y así de bizarra es la asignación de competencias. Mención aparte requieren los ingenieros industriales, que por sus conocimientos en instalaciones térmicas, sí podrían tener cabida en la certificación energética, al menos en edificios terciarios.
Y hablando de competencias y de conocimientos y formación específica en edificación y ahondando en remarcar la insensatez de todo esto. Existe un caso paradigmático: Las competencias para poder realizar inspecciones técnicas de edificios de viviendas (la antigua ITE, que ahora pasa a ser la IEE) son exclusivas de arquitectos y arquitectos técnicos, por lógica aplastante. Incluso en sentencias firmes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, los tribunales insisten en que los estudios, proyectos e informes relativos a viviendas se habrán de llevar a cabo por profesionales del sector de la edificación (arquitectos y arquitectos técnicos), en contestación a las presiones de colectivos de ingenieros.
La sentencia contiene algunos argumentos destacables. Cita jurisprudencia para afirmar que “cuando la naturaleza de la obra exige la intervención exclusiva de un determinado técnico, como sucede en el caso de construcción de una vivienda urbana, la competencia aparece indubitada y reconocida al Arquitecto y, en su caso, al Arquitecto técnico”, para añadir después que “Ante ello no cabe invocar la capacidad o idoneidad de los ingenieros de caminos para la redacción de informe de la ITE”. Ver sentencia completa
Ante esta sentencia, podemos tomarnos un tiempo para meditar sobre qué sentido tiene que certifiquen edificaciones colectivos calificados como no capaces o no idóneos para ello. Seguramente podamos recibir muchas críticas por parte de estos colectivos por expresar esto de viva voz, pero la lógica y el orden de las cosas es el que es, y 1+1 no pueden dar 3.
Es todo este conjunto de cosas por las que se intenta hacer entender la importancia y la reflexión que deben hacer los propietarios a la hora de escoger al técnico adecuado para llevar a cabo la certificación energética de sus viviendas.
Independientemente de las titulaciones, no todos los técnicos son iguales, y no todos los informes que se entregan son iguales. Apostar por la calidad es importante, porque no hacerlo puede implicar que lo que has pagado no sirva para nada y que probablemente tengas que volver a pagar para que alguien competente vuelva a hacer el trabajo.
Por el bien de nuestros clientes, y por el nuestro, es fundamental asegurar una calidad, dedicación y profesionalidad máximas en nuestros trabajos. Para nosotros no puede ser de otra manera, porque no sabemos trabajar de otra forma y, además, creemos que es el camino correcto.
Confía en la calidad y profesionalidad de CertificaciónEnerxética para tus certificados energéticos. Llama al 674740177 o escríbenos a certificacionenerxetica@gmail.com.