Cómo y cuándo utilizar la etiqueta energética

Cómo y cuándo utilizar la etiqueta energética en los anuncios de venta y alquiler

¿Tienes dudas de cómo y cuándo utilizar la etiqueta energética en los anuncios de venta y alquiler?

En este artículo vamos a resolver una serie de dudas y a dar unas pautas de cómo y en qué casos hay que mostrar la etiqueta energética en la publicidad de venta o alquiler de edificios.

Es importante conocer cómo debemos anunciar nuestros inmuebles para poder evitar las posibles sanciones existentes.

Son pautas marcadas por el Ministerio de Industria, todo ello sin perjuicio de que la Comunidad Autónoma pueda establecer, en la normativa que desarrolle, otras exigencias o requisitos al respecto.

Como muchos sabréis, este es el aspecto que tiene la etiqueta de eficiencia energética:

ETIQUETA_ce

Sin embargo, desde el Ministerio, se nos plantea que, aunque el modelo de etiqueta aprobado establece un formato y tamaño normalizados, para la inclusión de la etiqueta de eficiencia energética en la publicidad de venta o alquiler de edificios, se permite escalar la etiqueta siempre que se mantengan las proporciones y sea legible.

Y algo muy práctico es que también se permite que, manteniendo el formato y las proporciones, se muestren solo las escalas y los valores de la etiqueta . Esta sería la etiqueta de  “escalas”:

escala_ce

Una excepción son los anuncios que se puedan poner en las ventanas del inmueble en los que sólo conste un teléfono sin más datos. En este caso puede ponerse o no. No es obligatorio. Intuimos que no es obligatorio mostrar la calificación energética, por una razón práctica ya que sería complicado verla; pero sigue siendo obligatorio tener el certificado de eficiencia energética en vigor y firmado por técnico competente para poder vender o alquilar. Los compradores o arrendatarios, en el momento de pedir información sobre el inmueble, solicitarán que se les muestre la etiqueta y el propietario debe tenerla. Remarcar que sólo es aplicable a aquellos anuncios en los que únicamente se pone un teléfono. Si en el anuncio situado en el exterior del inmueble se detalla alguna característica del mismo (metros cuadrados, número de habitaciones, características, etc) , sí sería obligatorio exhibir la etiqueta o la escala energética.

Hay que recordar también que es obligatorio entregar al comprador el certificado energético en el momento que se firma una compraventa de un inmueble en la notaría, y que este hecho debe quedar reflejado en las escrituras.  El no hacerlo, puede conllevar consecuencias negativas y reclamaciones a futuro. De hecho, no es legal inhibirse aunque comprador y vendedor estén de acuerdo (desconfiad de un notario que os ofrezca tal cosa, porque es .

Otro aspecto importante es que ya es de uso común el integrar la etiqueta energética del inmueble en los contratos de alquiler como parte inseparable del mismo. Algo que asegura el cumplimiento de la normativa y evita futuras reclamaciones de los inquilinos sobre ese particular, ya que la carencia de certificado puede suponer la nulidad del contrato y una reclamación sus derechos como consumidor.

Recapitulemos.

En general para edificios existentes, siempre debe constar la etiqueta energética o, si se prefiere, la escala energética en:

  • Anuncios privados o publicidad en internet, radio y televisión.
  • Anuncios en inmobiliarias; tanto en escaparates como en portales inmobiliarios de internet (no son válidas etiquetas con  formato no normalizado ni el “en trámite” que ya ha supuesto alguna sorpresa desagradable a alguna agencia).
  • Anuncios en folletos, carteles o revistas.
  • Anuncios en prensa: si son anuncios gráficos debe constar la etiqueta; y si son anuncios por palabras es suficiente con mencionar en el texto la calificación del inmueble.
  • Anuncios en el exterior del edificio en los que se da información adicional sobre el inmueble, además del teléfono.

Con estas pautas estaremos anunciando los inmuebles de modo correcto para poder así evitar las sanciones de entre 300 y 6000 euros para aquellos que no cumplan con las exigencias del certificado energético.

Actualmente ya se ha sancionado por varios motivos, tanto a técnicos como a propietarios e inmobiliarias, en varias CCAA, entre ellas:  Madrid, Murcia, , Cataluña  y País Vasco.

En Galicia ya se han dado los pasos para iniciar los procedimientos de inspección, por lo que es posible que tu certificación energética pueda ser revisada para comprobar que se ha realizado correctamente y que cumple con la normativa.

Y para finalizar recordemos que es importante encargar el certificado energético a técnicos competentes, serios y que realicen un trabajo de calidad, exhaustivo e íntegro. Realizar una certificación energética requiere que esto sea así, ya que es un documento oficial y del cual el técnico firmante es responsable, tanto de su corrección como de su veracidad.

No te la juegues y solicita aquí tu certificación energética de calidad y realizada por un arquitecto colegiado con experiencia

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